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DIPUTADOS RECIBEN MINUTA PARA LEGALIZACIÓN DE MARIHUANA

El pleno de la Cámara de Diputados recibió del Senado la minuta  de la nueva ley que permite el uso lúdico de la marihuana y el documento fue turnado a las comisiones unidas de Justicia y Salud, para su aprobación y con opinión de las Comisiones de Derechos Humanos y de Presupuesto y Cuenta Pública.

El pasado jueves, el Senado aprobó este dictamen para crear la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, con la que se amplía de 5 a 28 gramos la posesión de marihuana para autoconsumo, es decir, despenalizada y que no amerita sanción; de entre 28 y 200 gramos, se convierte en posesión simple y amerita sanciones administrativas o multas; de 201 gramos a 28 kilos, se le considera posesión para narcomenudeo y de 28 kilos en adelante, se considerará narcotráfico.

«Posesión simple implica 28 gramos, cuando pasas de 200 gramos y hasta antes de 28 kilos es narcomenudeo, lo regula la Ley de Salud y pasando de los 28 kilos, regresarías al Código Penal Federal y sería narcotráfico».

Una vez que la nueva ley sea ratificada por el pleno de la Cámara de Diputados, debe ser promulgada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador con su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Dado que ya existe un ordenamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que mandató al Congreso de la Unión para legislar sobre la materia antes del 15 de diciembre, la aplicación de la despenalización de la marihuana será inmediata, lo que quiere decir que las autoridades de los estados tendrán que actualizarse y que los policías no podrán multar, detener o sancionar a una persona que sea detenida en posesión de hasta 28 gramos de marihuana.

Las penas previstas no se aplicarán a personas responsables de menores de edad, que no puedan comprender su conducta o no tengan la capacidad de resistir al agente, cuando esto sea con motivo de la protección de la salud.

También se amplía la cantidad de plantas de cannabis que las personas pueden tener en su casa, para su consumo personal: seis para personas que vivan solas y hasta ocho si viven más de dos consumidores en una misma casa.

Se elimina la exigencia a los consumidores para tener barreras físicas en las casas que eviten que otras personas no consumidoras aspiren el humo; y la facultad que se le daba al Ministerio Público para hacer revisiones domiciliarias entre los consumidores registrados.

Otros de los cambios que se agregaron al dictamen es que se abre la puerta a la liberación de personas procesadas o sentenciadas por posesión simple, o en los términos de la ley.

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